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EMPLEO - Proceso selectivo oposición turno libre y creación de bolsa plaza trabajador/a social

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EMPLEO - Proceso selectivo oposición turno libre y creación de bolsa plaza trabajador/a social

Desde 23/09/2026 0:00 hasta 22/10/2026 23:59

Descripción

Proceso selectivo para la convocatoria de la  provisión  en  propiedad  como funcionario/a de carrera, por el sistema de turno libre de la plaza de Trabajador/a Social (plaza nº 7 de la RPT), pertenecientes a la Escala de Administración Especial, subescala Técnica, Grupo A, subgrupo A2, incluida en la Oferta de Empleo Público del este Ayuntamiento correspondiente al año 2026, publicada en el BOP Núm. 81 de fecha 30-4-2026.

¿Quién puede solicitarlo?

Para  ser  admitidos  al  proceso  selectivo  los  aspirantes  deberán  reunir  los siguientes requisitos:

1.Nacionalidad:

a) Tener la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea o nacionales asimilados (Islandia, Liechtenstein y Noruega (como Estados parte del Espacio Económico Europeo) y Suiza (Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificado por España le es de aplicación la libre circulación de trabajadores)).

b) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de españoles, de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y asimilados, siempre que no estén separados/as de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes  y  los/as  de  su  cónyuge,  siempre  que  no  estén separados/as de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

c) Así mismo, podrán participar las personas nacionales de cualquier otro Estado con residencia legal en España, conforme a las normas legales vigentes.

2. Edad: Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

3.Titulación: Estar en posesión del título de Diplomatura en Trabajo Social o Grado en Trabajo Social o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y dispongan del certificado que lo acredite.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite la homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones  reguladas,  al amparo  de  las  Disposiciones de  Derecho Comunitario. Asimismo, en caso de que se alegue título equivalente deberá acreditarse su equivalencia.

Quienes aleguen titulaciones homologadas o equivalentes a las exigidas habrán de citar la disposición legal en la que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar una certificación expedida en tal sentido por el órgano competente del Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la Administración Pública para ello. En cuanto a la equivalencia de títulos, corresponde a la autoridad académica  competente  declarar  la  equivalencia  de  títulos  que  deberá  ser acreditada por las personas interesadas. Las titulaciones extranjeras deberán estar  debidamente  convalidadas  en  la  fecha  de  finalización  del  plazo  de presentación de instancias.

4. Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas de la/s plaza/s convocada/s. No sufrir enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que impidan el desempeño de las funciones del puesto de trabajo.

5. Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio  de  cualquiera  de  las  Administraciones  Públicas  o  de  los  órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Las personas cuya nacionalidad no sea la española deberán, igualmente, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

6.Otros  requisitos: No  podrá  participar  en  este  procedimiento  selectivo  el personal que ya tenga la condición de funcionario de carrera del mismo cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial del Ayuntamiento de Rocafort.

7.Estar  en  posesión  del  justificante  acreditativo  del  pago  de  la  Tasa correspondiente  con  fecha  previa  a  la  presentación  de  la  solicitud  de participación, cuyo incumplimiento será un requisito no subsanable, no pudiendo participar en el proceso selectivo si no se ha realizado el pago con carácter previo a la presentación de la solicitud.

¿Cuándo solicitarlo?

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

¿Dónde presentarlo?

  • Preferentemente con carácter telemático a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Rocafort (https://rocafort.sede.dival.es).
  • El Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Rocafort (Plaza Mayor, 2).
  • A través del resto de formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación a presentar

  • Instancia cumplimentada y firmada.
  • Justificante de haber ingresado los derechos de examen.
  • Fotocopia compulsada del título académico exigido como requisito para participar en el proceso selectivo. 
  • Declaración Responsable expresa y formal de que la persona reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases.
  • Las personas aspirantes que presenten diversidad funcional con un grado igual o superior al 33 %, deberán hacerlo constar en su solicitud de participación y deberán acreditarlo acompañando a la solicitud el certificado correspondiente, así como la adaptación que requieran, en su caso, para la realización de las pruebas selectivas.
  • Documento Nacional de Identidad (solo instancia presencial).

pago de la tasa

Según la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen de personal funcionario de carrera y laboral fijo del Ayuntamiento de Rocafort (BOP n.º 238 14-XII-2017), se establece una tasa de 30,00 € (grupo A2/B) para poder participar en el proceso selectivo.

Para acceder al pago de la tasa HAGA CLIC AQUI 

RECUERDE SELECCIONAR EN CONCEPTO A LIQUIDAR GRUPO B

Fuentes jurídicas y/o documentales

  • El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. 
  • La Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana. 
  • La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. 
  • La Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
  • La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter Personal.
  • El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. 
  • Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. 
  • El Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
  • Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Movilidad del Personal de la Función Pública Valenciana, aprobado por Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell. 
  • El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos del Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local.
  • La Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Contacto

  • Área gestora: Departamento de personal.
  • Unidad tramitadora: Recursos Humanos.
  • Correo electrónico: ope@rocafort.es
  • Teléfono contacto: 961 310 062

Protección de datos de carácter personal

Los datos por Ud. facilitados serán tratados por el AYUNTAMIENTO DE ROCAFORT, en calidad de Responsable de Tratamiento, con la finalidad de llevar la gestión administrativa de los servicios municipales destinados al empleo y formación.  
La base jurídica de legitimación para el tratamiento de los datos personales radica en el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento (Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo; Ley 57/2003 del 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local; Ley 7/1985 del 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, ambas de ámbito estatal), en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos. 
Los datos serán conservados durante el plazo de tiempo que pueda ser requerido, a efectos de fiscalización del servicio educativo o de cuentas públicas, por las autoridades públicas competentes. No obstante, los datos podrán ser conservados, en su caso, con fines de archivo de interés público, fines de investigación científica e histórica o fines estadísticos. 
Los datos no serán cedidos a terceros, salvo que sean comunicados a las entidades públicas o privadas, a las cuales sea necesario u obligatorio ceder éstos para poder gestionar su solicitud, así como en los supuestos previstos, según Ley. 
Ud. podrá ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Limitación o, en su caso, Oposición. A estos efectos, deberá presentar un escrito en el Registro de Entrada, electrónico o presencial, del Ayuntamiento. En el escrito deberá especificar cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá mostrar o, en caso de envío postal, acompañar del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo.  Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrá interponer una reclamación, en primer lugar, ante nuestro Delegado de Protección de: lopd@rocafort.es  o, en su caso, ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE ROCAFORT - P4621800D
Plaza Mayor 2
46111 Rocafort (Valencia)
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