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COMERCIO - Ayudas Cheque Comercio

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COMERCIO - Ayudas Cheque Comercio

Desde el día 29/04/2026 hasta el día 20/05/2026

SUBVENCIÓN DE CHEQUE COMERCIO

OBJETO Y CUANTÍA:

Esta trámite tiene como objeto la solicitud de subvención de las compras efectuadas o servicios prestados en el término de Rocafort por los vecinos, estimulando la actividad económica en el municipio y constituyendo, al tiempo, una ayuda al consumo. Las ayudas previstas en estas bases serán compatibles con otras subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, siempre que el total percibido no supere el 100% de los conceptos subvencionables.

La cuantía de la ayuda será 25,00 € por beneficiario.

REQUISITOS:

Podrán optar a la ayuda “Cheque Comercio”:

  • Mayores de edad.
  • Empadronados en Rocafort.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, Administración local y Seguridad Social.

SOLICITUDES Y PLAZO ADMISIÓN

Las solicitudes se presentarán preferentemente a través del trámite habilitado en la sede electrónica o en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Rocafort.
El plazo de presentación de solicitudes será del 29 de abril al 20 de mayo de 2026, ambos inclusive.
 

DOCUMENTACIÓN:

Aportar la Solicitud de Subvención mediante modelo normalizado, donde deberán marcarse, en su caso, las casillas por las que el solicitante declara que:

  • Se halla al corriente de sus obligaciones tributarias frente al Estado y frente a la Seguridad Social.
  • No se encuentra incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones.
  • Autorización Representación de Terceros. En caso de presentar la solicitud en representación de un tercero, deberá marcar esta casilla y aportar el documento que acredite dicha representación, junto con el DNI del interesado.


Los requisitos de encontrarse al corriente con la Hacienda Municipal, estar empadronado y ser mayor de edad, se comprobarán de oficio.

CONCESIÓN:

Se concederán por estricto orden de presentación y hasta agotar el crédito disponible, entre aquellos solicitantes que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria.
La concesión será publicada en la Página Web del Ayuntamiento de Rocafort, donde los solicitantes podrán consultar si han resultado beneficiarios o no de la ayuda, en el siguiente enlace: https://chequecomercio.rocafort.es


JUSTIFICACIÓN:


Una vez publicada la concesión y hasta el 31 de julio de 2026, los beneficiarios deberán aportar la documentación justificativa del gasto, que consistirá en:

  • Facturas correspondientes a gastos subvencionables realizados del 1 de enero al 31 de julio de 2026. Deberán ir a nombre del beneficiario, incluir la expresión "pagado" o bien ir acompañadas del justificante de pago.
  • Gastos no subvencionables: inversión, bebidas alcohólicas, tabaco, loterías y juegos de azar.
  • Ficha de terceros (según modelo normalizado), firmada por el beneficiario y sellada por la entidad financiera o bien acompañada del certificado de titularidad de la cuenta.

 En todo caso, deberán presentarse facturas de al menos dos comercios distintos, y cuyo importe total (la suma de todas las facturas presentadas) deberá ascender como mínimo a 50,00 €.

NORMATIVA:

https://bop.dival.es/bop/downloads?anuncioNumReg=2026/02055&lang=es

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE ROCAFORT - P4621800D
Plaza Mayor 2
46111 Rocafort (Valencia)
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